Esto trata sobre cómo usar la Sección 245i de la Ley de Inmigración para convertir una negación en una aprobación.
El camino para obtener la tarjeta verde en los Estados Unidos puede ser largo y sinuoso, lleno de curvas traicioneras. A menos que tengas un buen navegante, o quizás incluso un alquimista, que te asista, existe un alto riesgo de perderse.
Durante la Edad Media, los alquimistas eran conocidos por convertir el plomo en oro. A veces, se solicita a los abogados de inmigración salvar a familias inmigrantes practicando una forma actualizada de alquimia.
Considere un caso reciente donde nuestros abogados asumieron este rol:
La Sra. A es una enfermera registrada. Las solicitudes de ajuste de estado de toda su familia habían sido negadas por USCIS. Describimos cómo las enfermeras registradas pueden lograr la residencia permanente legal en los EE. UU. en nuestra Guía de Inmigración para Enfermeras.
Su familia ingresó a los EE. UU. en 2004 como turistas y se quedaron más tiempo del permitido.
El empleador de la Sra. A presentó una petición de visa de inmigrante en su nombre en 2005, y basándose en la aprobación de su petición I-140, la familia presentó solicitudes de ajuste de estado basadas en la Sección 245(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
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Ellos Proveen Soluciones
“Soy una enfermera educada internacionalmente, mi empleador en los EE. UU. me pidió, y las Oficinas Legales de Carl Shusterman me ayudaron durante todo el proceso de mi aplicación IV. Fueron extremadamente minuciosos con respecto a las instrucciones y los pasos que necesitaba.”
- Francis R., Nashville, Tennessee
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Bajo la Sección 245i de la Ley, se permite a una persona ajustar su estado incluso si está fuera de estado, siempre y cuando sea beneficiaria de una petición de inmigrante o una solicitud de certificación laboral que se haya presentado correctamente en o antes del 30 de abril de 2001. Para ser elegible para presentar una solicitud de ajuste de estado bajo la sección 245i, una persona debe cumplir con los siguientes requisitos de acuerdo con los reglamentos del USCIS en 8 CFR 245.10:
- Ella es beneficiaria de una petición de inmigrante calificada o solicitud de certificación laboral presentada en o antes del 30 de abril de 2001.
- La petición de visa de inmigrante calificada o la solicitud de certificación laboral calificada fueron «debidamente presentadas» y «aprobables cuando se presentaron».
- Ella estuvo físicamente presente en los Estados Unidos el 21 de diciembre de 2000, si la petición de visa de inmigrante calificada o la solicitud de certificación laboral se presentaron entre el 15 de enero de 1998 y el 30 de abril de 2001.
El hermano ciudadano de EE. UU. de su esposo había presentado una petición de visa de inmigrante (formulario I-130) para él en 1988. El esposo estaba soltero en ese momento. La solicitud de ajuste de estatus se presentó basándose en el siguiente supuesto incorrecto: Si un miembro de la familia califica para 245i, toda la familia califica para ajustar el estatus bajo esta sección de la ley.
En su negación, USCIS afirmó que la solicitante no era elegible para ajustar bajo 245(i) basándose en la aprobación de la petición de 1988 de su esposo ya que la pareja aún no estaba casada en ese momento. Dado que la Sra. A era la alienígena principal, solo podría beneficiarse de la sección 245i como dependiente de su esposo. Sin embargo, dado que el Sr. y la Sra. A nacieron ambos en Filipinas, su fecha de prioridad de preferencia familiar 4ª de 1988 aún no estaba vigente.
La negación citó el siguiente párrafo del memo de William Yates de USCIS fechado el 9 de marzo de 2005:
«Si se establece una relación de cónyuge o hijo después de la presentación de una petición o solicitud de abuelo y existe en el momento en que el alienígena principal ajusta el estatus, el cónyuge o hijo no es un alienígena abuelo y no puede beneficiarse independientemente de la sección 245(i). Más bien, el cónyuge o hijo solo puede beneficiarse de la sección 245(i) como dependiente del alienígena principal. En consecuencia, la relación calificativa debe continuar existiendo en el momento en que el alienígena principal ajusta el estatus para que el cónyuge o hijo obtenga el beneficio derivado.»
Después de recibir esta negación, la familia casi abandonó sus sueños de permanecer en los Estados Unidos.
Usando la Sección 245i para Ayudar a una Familia
En este punto, la familia necesitaba un abogado de inmigración excelente y experimentado para aconsejarles. De hecho, necesitaban la ayuda de un alquimista para convertir su «plomo» de negación en una aprobación de «oro».
Después de detalladas y persistentes preguntas a la Sra. A, nuestros abogados descubrieron que, hace más de 25 años, el tío de la Sra. A había presentado una petición de visa de inmigrante bajo la categoría de Preferencia 4ª en nombre de su madre. En ese momento, la Sra. A era una niña. Por lo tanto, ella era una «beneficiaria derivada» de esta petición. Nunca, en sus sueños más locos, la Sra. A creyó que una petición presentada hace tanto tiempo y en nombre de su madre podría, de alguna manera, ser relevante para su caso. Por lo tanto, nunca había revelado este hecho tan importante a sus abogados.
Le informamos que esta era la clave para revertir las negaciones de las solicitudes de ajuste de estatus presentadas por su familia.
Dirigimos a la Sra. A a obtener la documentación relacionada con la petición de su tío. En poco tiempo, pudo conseguir el recibo de la petición.
Inmediatamente, preparamos y presentamos una moción para reabrir los casos denegados. Presentamos todos los documentos para probar que la Sra. A, la solicitante principal, era independientemente elegible para ajustar su estatus bajo la sección 245i.
Dado que la Sra. A era la solicitante principal bajo la sección 245i, su esposo y dos hijos también se convirtieron en elegibles para recibir los beneficios de la sección 245i como beneficiarios derivados.
CONCLUSIÓN: No es suficiente conocer la ley y los reglamentos. No es suficiente incluso conocer el contenido de todos los memorandos del gobierno con respecto a la ley. Se requiere que los abogados hagan todas las preguntas correctas, obtengan todas las pruebas necesarias y utilicen su conocimiento de la ley, reglamentos y memorandos para lograr un resultado positivo para sus clientes.
Esta historia tuvo un final feliz cuando USCIS concedió nuestra Moción para Reabrir y concedió la residencia permanente legal a cada miembro de la familia de la Sra. A.
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Descargo de responsabilidad: Utilizamos inteligencia artificial, específicamente Chat GPT 4, para traducir la versión original en inglés de esta página a este idioma en 2023. No sabemos si esta traducción es completamente precisa. Además, esta página puede no estar completamente actualizada. Aconsejamos a nuestros lectores que no confíen en esta página como asesoramiento legal, sino simplemente como información de fondo sobre el sistema de inmigración de los Estados Unidos.
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Carl Shusterman
El abogado de inmigración Carl Shusterman tiene más de 40 años de experiencia. Trabajó como abogado para el Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos (INS) desde 1976 hasta 1982, cuando comenzó su práctica privada. Ha testificado como testigo experto ante el Subcomité de Inmigración del Senado de los Estados Unidos. Carl fue destacado en la revista SuperLawyers. Hoy en día, ejerce como Consejero legal de la firma de abogados de inmigración JR.